Artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
“Trees are poems that the earth writes upon the sky.” – Khalil Gibran
“Nature is always hinting at us. It hints over and over again. And suddenly
we take t...
Hace 8 meses